Para la fiscalía, lo ocurrido con Mauro González el pasado 17 de enero no fue una detención de rutina que terminó en tragedia, sino el resultado de un "plan común" donde el uso desproporcionado de la fuerza y la omisión deliberada de auxilio médico crearon un riesgo letal.
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La fiscalía expuso las evidencias recolectadas en los seis meses que lleva la investigación. GPS, testimonios y un informe que calificó de “intensidad máxima” el sufrimiento de la víctima.

En la audiencia de medidas cautelares presidida por la jueza penal Cecilia Labanca, el fiscal Ezequiel Hernández explicó que los agentes del Comando Radioeléctrico y de Infantería ignoraron los protocolos de salud mental y sometieron a la víctima a padecimientos físicos de "intensidad máxima".

Durante la discusión sobre la prisión preventiva, que se extenderá hasta la tarde de este miércoles y continuará el jueves a primera hora, se reveló cómo el Ministerio Público de la Acusación (MPA) logró reconstruir minuto a minuto el traslado de González hasta su fallecimiento en un calabozo de la Comisaría 8va.
Vejaciones y tortura seguida de muerte
El 17 de enero Lucas A. y Melisa D. fueron comisionados por la Central de Emergencias 911 a inmediaciones del cruce de calles Chaco y Hermanos Figueroa para contener a González, quien atravesaba una “crisis subjetiva” por un presunto padecimiento mental o de consumo problemático de estupefacientes.
Hernández sostiene que los agentes hicieron “uso ilegítimo, excesivo y desproporcionado de la fuerza”, sujetando al hombre con violencia, arrojándolo al piso y esposándolo. Luego llegó el resto de los uniformados, quienes lejos de controlar la violencia aplicada, colaboraron violentamente, golpeándolo y presionándole con las rodillas la cabeza, la espalda y las piernas.

La fiscalía sostiene que existió una "coautoría funcional" entre los agentes Facundo A., Melisa D., Lucas A., Sebastián B. y Sabrina P., imputados como coautores de “tortura seguida de muerte” por haber agredido a la víctima y haber mantenido la situación de riesgo de muerte de forma indiferente hasta que González falleció por asfixia al broncoaspirarse en estado de inconsciencia.
Por su parte, el oficial Juan Cruz B. fue imputado por “vejaciones calificadas”, ya que su participación se limitó al momento inicial de la aprehensión, donde habría aplicado tratos rigurosos. No participó del traslado ni de la custodia posterior en la comisaría.
En su alocución, Hernández presentó una estructura probatoria que él mismo calificó como “superior a lo común para esta instancia”, basándose en evidencia técnica objetiva. A través de los registros de GPS de los móviles utilizados, demostró que las unidades detuvieron su marcha durante el traslado, momento en que los testigos aseguran que los agentes continuaron con las agresiones.

Además, registros fílmicos de una estación de servicio YPF y de la zona de la Comisaría 1ra -donde funciona Medicina Legal- confirmaron que la víctima ya se encontraba virtualmente inerte y sin poder mantenerse en pie mucho antes de ingresar a la Seccional 8va.
Protocolo ignorado y violencia
La fiscalía imputó por “tortura seguida de muerte” a los cinco integrantes del Comando Radioeléctrico, basándose en que el sufrimiento infligido a González fue acumulativo y grave, y señaló que, desde el inicio del procedimiento, los oficiales Lucas A. y Melisa D. prescindieron de la Resolución N.º 1427/2019, que obliga a convocar personal sanitario ante crisis de salud mental.
En cambio, la víctima recibió una golpiza que se focalizó en su zona abdominal, a pesar de que su padre advirtió a los gritos que el joven tenía una cirugía en esa área. Este ensañamiento resultó en la fractura de la séptima costilla derecha y más de 20 lesiones visibles.

Para el fiscal Hernández, la tortura se completó con el abandono deliberado. A pesar de que el estado de inconsciencia era "fácilmente observable" para cualquier persona, los agentes lo trasladaron por la ciudad y lo dejaron solo, boca arriba, en una celda.
El informe forense fue determinante: la muerte por broncoaspiración fue un evento "altamente previsible y prevenible", desencadenado por el deterioro que provocó el dolor extremo.
Riesgos procesales
Un punto central de la argumentación fiscal para pedir la prisión preventiva es la condición de policías de los imputados. Hernández invocó el concepto de "muro de silencio azul" (Blue Wall of Silence), señalando que los acusados poseen conocimientos diferenciales y redes de influencia para amedrentar a los testigos, quienes son vecinos del barrio donde ocurrió el hecho.
El temor expresado por la familia de González en la audiencia, que denunció hostigamientos y persecuciones de móviles policiales, reforzó la tesis de peligro de entorpecimiento probatorio.

Finalmente, la fiscalía subrayó que, ante una expectativa de prisión perpetua para cinco de los seis agentes, el riesgo de fuga es máximo, y cerró su exposición afirmando que "a mayor cantidad de evidencia, mayor debe considerarse el riesgo de fuga", ya que los imputados ahora conocen la extensión de las evidencias en su contra.
Cautelar
El querellante Rodolfo Mingarini, abogado de la familia de la víctima, también solicitó la prisión preventiva de los seis agentes.
Los uniformados cuentan con la representación de los defensores particulares Jorge y Julio Pallavidini -por Lucas A.-; Alejo Almirón -por Juan Cruz B.-; José Ignacio Mohamad y Luis Massot -por Facundo A.-; Sebastián Oroño y Milton Schaller -por Sabrina P.-; Martín Risso Patrón -por Sebastián B.-; y Macarena Monclose -por Melisa D.-.
Todos discutirán la pretensión del bloque acusador. La jueza Labanca podría resolver el jueves.










